Gasóleo profesional en consumos propios

En este artículo hablaremos sobre el gasóleo profesional en consumos propios. Te explicaremos qué es el gasóleo profesional y todos los detalles que debes conocer

En este artículo hablaremos sobre el gasóleo profesional en
consumos propios.
 Te explicaremos qué es el gasóleo
profesional
 y todos los detalles  que debes conocer para
recibir la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Si eres titular de una instalación de consumo propio
también puedes solicitar y obtener una devolución parcial del Impuesto
sobre Hidrocarburos. En este caso la situación es diferente a cuando se
produce la compra del carburante a un tercero, ya que en los consumos
propios el comprador y el vendedor es el mismo. Te mostraremos cómo los
programas y aplicaciones informáticas de Aseproda
te ayudan a generar la información requerida por la Agencia Tributaria.

Por último, responderemos a una serie de preguntas frecuentes que nos
hacen nuestros clientes en cuanto al gasóleo profesional en consumos
propios.

Qué es el gasóleo profesional

Es un mecanismo implantado por la Agencia Tributaria para la
devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos a un determinado
contribuyente. Por tanto:

  1.  El gasóleo profesional no es un combustible diferente al
    resto
    , sino una forma de conseguir que determinados sectores
    relacionados con el transporte se vean beneficiados en el precio del
    gasóleo.
  2. Tampoco debe confundirse con el gasóleo bonificado, que tiene otras
    características y está destinado al uso agrícola y pesquero.

Pueden usar gasóleo profesional solamente vehículos
transportistas como:

  • Taxis y turismos destinados al servicio público de viajeros,
    siempre y cuando tengan licencia municipal y estén provistos de
    taxímetro.
  • Vehículos destinados al transporte de pasajeros (autobuses) siempre
    que estén incluidos en las categorías M2 o M3.
  • Vehículos dedicados al transporte de mercancías superiores a un peso
    de 7.500 Kg (camiones). Dicho transporte de mercancías pueden ser
    tanto por cuenta propia como ajena.

 

El gasóleo profesional en consumos propios

Para poder acogerte al gasóleo profesional en un consumo propio, debes
realizar los siguientes pasos:

1. Inscripción en el Registro Territorial de Impuestos Especiales

Debe realizarse en el registro del territorio donde se encuentre el
consumo propio. Se debe presentar una solicitud de inscripción ante la
Oficina Gestora de Impuestos Especiales. De estas forma se obtiene el
CAE (Código de Actividad y Establecimiento).

2. Inscripción de beneficiarios/vehículos

Se puede hacer de forma telemática a través de la Sede
Electrónica
 de la Agencia Tributaria, accediendo con certificado
digital o DNI electrónico. Te dejamos un PDF
informativo con todos los detalles sobre la ficha a rellenar
.

El proceso para beneficiarse de esta devolución se divide en tres fases:

1. Presentación de solicitud de inscripción.
2. Tramitación por Oficina Gestora de Impuestos Especiales (II.EE).
3. Resolución por Oficina Gestora de II.EE.

Posteriormente, se habilitarán plazos de reposición y reclamación
económico-administrativa si procede.

Tras el envío de la solicitud, su plazo de resolución es de 6 meses.

3. Contar con un sistema informático de gestión

Aquí es donde Aseproda entra en acción. Es obligatorio tener un programa
informático de gestión
 integrado con los aparatos surtidores.
En Aseproda contamos con el mejor programa para ello, nuestro Virtus CP. En el enlace que te dejamos
puedes ver todas sus funcionalidades y características.


4. Presentación a la Agencia Tributaria de la relación de suministros
efectuados

Se debe presentar una relación con los suministros efectuados desde esa
estación de consumo propio a los vehículos autorizados del titular de la
instalación. Se realizará telemáticamente y de forma trimestral. El
plazo de presentación es de 20 días naturales tras la finalización de
cada trimestre.

Nuestra aplicación genera un fichero detallado con todos los consumos
que han realizado los vehículos autorizados.

5. Presentación anual de kilómetros recorridos

Todos los beneficiarios con derecho a devolución deben presentar
anualmente el número de kilómetros recorridos. El periodo descrito debe
ser a lo largo del año anterior de cada uno de los vehículos inscritos.

Se puede presentar de forma telemática, a través de la Sede
Electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del primer trimestre del
año siguiente a la finalización del año natural que se pretende
declarar.

Preguntas frecuentes sobre el gasóleo profesional

¿Cuál es el importe de la devolución?

El artículo 52 bis de la Ley 38/1992 de 28 de diciembre de Impuestos
Especiales es el que regula esta devolución de dinero. Actualmente,
desde el día 1 de enero de 2019 el tipo de devolución es de 49€ por cada
mil litros.

El límite se establece en 50.000 litros de gasóleo por vehículo y año
en autobuses y camiones. En taxis, 5.000 litros por año. Haciendo
cuentas, con esta tarjeta se pueden devolver hasta una cantidad de
2.450€ al año en vehículos pesados y 245€ al año en caso de taxis.

¿Cada cuánto tiempo se realiza la devolución?

La devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos se realiza con
carácter trimestral.

¿Puedo usar en un consumo propio gasóleo profesional y suministrar
además a otros vehículos

Se puede suministrar gasóleo a otros vehículos desde un terminal
consumo propio. Eso sí, solo aquellos vehículos que están autorizados
podrán acogerse a la devolución de los impuestos. Solicitar la
devolución de un vehículo no autorizado podría acarrear sanciones.

¿Cómo diferencia la aplicación de Aseproda si un vehículo tiene
derecho a devolución en un consumo propio?

Para poder hacer uso del surtidor de consumo propio, es necesaria la
identificación del vehículo. Si está autorizado para gasóleo profesional
se marca en la ficha del vehículo de la aplicación de gestión de
Aseproda.

Esperamos que te haya servido esta información sobre el gasóleo
profesional y cómo se aplica en consumos propios. En Aseproda
desarrollamos el mejor software para gasolineras y estaciones de
servicio del mercado. Además, somos especialistas en instalaciones de
consumos propios y mantenimiento. Contacta con nosotros a través de
nuestro teléfono 954 421 832, o bien escribiéndonos a comercial@aseproda.com.


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