Nueva Ley 8/2023 de atención a personas con discapacidad en gasolineras de Andalucía

El pasado 28 de julio de 2023 se dictó la norma que regula la atención a personas con discapacidad en gasolineras de Andalucía. La nueva Ley 8/2023 modifica la redacción del artículo 50.3 de la anterior Ley 4/2017 de los derechos y la atención a las personas con discapacidad en Andalucía:

«Las instalaciones en las que se pongan a la venta, a través de máquinas expendedoras, suministradoras automáticas o en la modalidad de autoservicio, combustibles y carburantes deberán cumplir, en todos los casos, los parámetros de accesibilidad previstos en la normativa UNE 170001-1:2007 y 170001-2:2007 (accesibilidad universal) o normativa de accesibilidad europea equivalente, así como los criterios de la norma UNE 139801:2003. En caso contrario, deberán contar, en el horario diurno, con una persona responsable que atienda las necesidades de las personas que presenten dificultades para acceder al servicio. A los efectos de esta norma, se considera horario diurno la franja horaria comprendida entre las 7.00 y las 22.00 horas.»

Las normas UNE mencionadas establecen una serie de requisitos que faciliten a las personas con discapacidad utilizar los surtidores y dispensadores de combustibles mientras estén funcionando en modo autoservicio o desatendido.

Para ello, Aseproda pone a su disposición un innovador KIT DE ACCESIBILIDAD para que el suministro de carburantes esté al alcance de cualquier persona con movilidad reducida (PMR), equipado con teclas y panel táctil que permiten mover el puntero por la pantalla para seleccionar el combustible y realizar el pago.


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