Las aplicaciones de Aseproda ya se han adaptado a los cambios de la Nueva Ley Antifraude 2021. En este artículo aclararemos en qué consiste la norma y cómo se han adecuado las aplicaciones de Aseproda a la misma. Además de esta información, todos nuestros clientes recibirán una circular por correo electrónico donde se explicarán las acciones detalladas que hemos llevado a cabo en nuestras aplicaciones.
Sobre la Nueva Ley Antifraude 2021
Esta ley se aprobó el 9 de julio y entró en vigor el pasado 11 de octubre. En ella, hay una serie de especificaciones que conciernen a aplicaciones y sistemas informáticos y, por tanto, a los productos y servicios de Aseproda. Algunas de ellas son:
- Los sistemas informáticos que integren determinados aspectos de gestión (como contabilidad o facturación) deben cumplir unos requisitos indispensables para evitar una doble contabilidad. De esta forma, se intentará evitar cualquier alteración de registros con implicaciones fiscales.
- Dichas aplicaciones deben garantizar la “integridad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros”. Se debe dejar constancia en los programas ante cualquier tipo de alteración realizada sobre estos registros.
- Los sistemas y programas deberán cumplir con un reglamento técnico que aún no se ha publicado. Las aplicaciones informáticas tendrán que estar a su vez certificadas por la agencia tributaria. Tampoco se han publicado procedimientos de certificación.
Sanciones de la Nueva Ley Antifraude
La Nueva Ley Antifraude de 2021 trae consigo multas aplicables para quienes no cumplan los requisitos establecidos:
La más significativa está dirigida a las empresas que fabrican o comercializan las aplicaciones. La multa alcanzaría la cifra de los 150.000€ por cada año que la aplicación haya estado en el mercado.
Para los usuarios de dichas aplicaciones, la multa sería de 50.000€ por cada año que las haya usado.
Cómo se han adaptado las aplicaciones de Aseproda
Aunque aún no se haya desarrollado el reglamento ni el proceso de certificación la ley ya está en vigor, por ello ya hemos incorporado en nuestras aplicaciones los requisitos indispensables para que se pueda cumplir con ella.
Básicamente, se han establecido funcionalidades para que quede constancia de cualquier alteración a los registros de facturas o asientos contables para una posible auditoría.
Como hemos remarcado, desde Aseproda mantendremos informados a todos nuestros clientes sobre los cambios que se vayan realizando.
Ante cualquier tipo de duda pueden contactar con nosotros y les informaremos detalladamente. Nuestro equipo le facilitará mediante correo electrónico las instrucciones para proceder a la actualización de las aplicaciones.